ESCOLARIZACIÓN PARA EL CURSO 2019/20
Entre el 1 de marzo y el 1 de abril (ambos inclusive) es el periodo para solicitar plaza para alumnado de nuevo ingreso. Se hace presentando, por duplicado, una solicitud (ANEXO III) que se recoge en la secretaria del centro. Tambien pueden descargarlo de la SECRETARIA VIRTUAL de esta web.
Los alumnos que ya están matriculados en el centro no tienen que solicitar la plaza, solo hacer matricula entre el 1 y el 10 de junio.
Pueden encontrar mas información en:
http://portals.ced.junta-andalucia.es/educacion/portals/web/escolarizacion
El CALENDARIO del proceso es el siguiente:
- Desde el 1 de marzo al 1 de abril: Plazo de presentación de solicitudes para alumnado de nuevo ingreso.
- 9 de abril: Publicación de la relación de alumnado solicitante y su puntuación total tanto en el centro prioritario como en los subsidiarios.
- 11 de abril al 2 de mayo: Plazo de trámite de audiencia (vista de expedientes y alegaciones al baremo).
- 13 de mayo: Celebración del sorteo público para dirimir situaciones de empate. Se celebra en la sede de la Consejería de Educación (Sevilla).
- 14 de mayo: Publicación de resoluciones de admisión.
- 21 de mayo: Publicación de la adjudicación a los no admitidos en el centro prioritario.
- 22 de mayo: Recursos de alzada / reclamaciones ante la Delegada Territorial (1 mes).
- Del 1 al 10 de Junio: Periodo de matriculación de todo el alumnado admitido.Cuando el alumnado admitido en el Centro no formalice su matriculación en este plazo se entenderá que renuncia al puesto escolar conseguido.
Si tiene intención de solicitar: Aula Matinal, Comedor Escolar o Actividades Extraescolares debe hacerlo también entre el1 y el 10 de junio, presentando JUNTO A LA SOLICITUD, la documentación justificativa que considere pertinente: certificado laboral con el horario, IAE o licencia de apertura y declaración responsable del horario, certificado del centro de acogida, etc. NO SE ADMITIRA NINGUNA DOCUMENTACIÓN QUE NO ACOMPAÑE A LA SOLICITUD O QUE SE PRETENDA ENTREGAR TRANSCURRIDO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN.
La solicitud de dietas especiales debe estar justificada, obligatoriamente, por un informe del médico especialista que la prescribe.